Las normativas que rigen la capacitación en el sector público y privado no pueden aplicarse de manera indistinta debido a varios factores claramente diferenciados. Un primer factor es el ámbito de aplicación, ya que la normativa analizada en el texto de semejanzas y diferencias evidencia que las regulaciones del sector público están dirigidas exclusivamente a instituciones estatales, mientras que las empresas privadas funcionan bajo su propia autonomía administrativa (Finanzas, 2015). Un segundo elemento es la naturaleza jurídica de cada organización: en el sector público la capacitación está sujeta a la Ley Orgánica del Servicio Público y a su reglamento, que establecen procedimientos obligatorios para planificar, ejecutar y evaluar procesos formativos (LOSEP, 2011) mientras que en las empresas privadas no existe una norma técnica que imponga estos mismos lineamientos. Como tercer factor se identifica la finalidad de la capacitación: en las entidades públicas se orienta al mejoramiento del servicio a la ciudadanía y al fortalecimiento de competencias institucionales, de acuerdo con planes anuales obligatorios regulados por el Estado (Ministerio, Registro Oficial 296, 24 de julio de 2014.) en cambio, en el ámbito privado responde principalmente a intereses de productividad y competitividad empresarial.
Un cuarto factor importante es el régimen de control y financiamiento. En el sector público los procesos de capacitación deben contar con certificación presupuestaria, planes institucionales y mecanismos de devengación, lo que implica un control riguroso del uso de recursos públicos y la obligación del servidor de retribuir la inversión realizada (Ministerio, Registro Oficial 296, 24 de julio de 2014.). En las empresas privadas, por el contrario, la inversión en capacitación depende de decisiones internas y no está sujeta a procedimientos legales tan estrictos. Finalmente, un quinto factor es el nivel de obligatoriedad normativa: mientras que los servidores públicos deben cumplir requisitos formales como evaluaciones de desempeño, convenios y procesos técnicos definidos por las UATH (LOSEP, 2011) en el sector privado la capacitación es una política organizacional voluntaria y flexible. En conclusión, aunque existen semejanzas generales en cuanto al reconocimiento de la importancia del desarrollo del talento humano, las diferencias legales, administrativas y presupuestarias entre ambos sectores hacen imposible que una misma normativa pueda regir de forma igual para instituciones públicas y empresas privadas.
Referencias:
Finanzas, M. d. (2015). Reglamento Interno de Formación y Capacitación. Documento sobre semejanzas y diferencias entre sector público y privado.
LOSEP. (2011). Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público Ecuador., Presidencia de la República del.
Ministerio, D. (Registro Oficial 296, 24 de julio de 2014.). Norma Técnica del Subsistema de Formación y Capacitación.