¿Cuáles serían los cinco factores importantes que hacen que las dos normativas no rijan para tanto para las empresas privadas como públicas? Analice y ponga su criterio

¿Cuáles serían los cinco factores importantes que hacen que las dos normativas no rijan para tanto para las empresas privadas como públicas? Analice y ponga su criterio

de CINDY PAMELA MUñOZ FLORES -
Número de respuestas: 4

Buenas noches

Considero que existen cinco factores principales por los cuales la normativa de desarrollo y capacitación no rige de igual manera para las instituciones públicas y privadas:

1.      Finalidad institucional: el sector público busca garantizar servicios eficientes a la ciudadanía, mientras que el sector privado se enfoca en la productividad y competitividad.

2.      Marco legal: las instituciones públicas deben cumplir normas técnicas y reglamentos específicos que regulan la capacitación y los planes institucionales, mientras que en el sector privado existe mayor flexibilidad para definir estos procesos.

3.      Presupuesto y financiamiento: en el sector público la capacitación depende de presupuestos aprobados y planificación anual, mientras que en el sector privado depende de decisiones estratégicas de la empresa.

4.      Procesos y procedimientos: el sector público debe seguir procedimientos formales de planificación, ejecución y evaluación de la capacitación, mientras que el sector privado puede aplicar metodologías más ágiles.

5.      Control y seguimiento: en el sector público existen organismos de control y normativas que regulan estos procesos, mientras que en el sector privado la evaluación se orienta principalmente a resultados y desempeño.


Criterio personal:

En mi opinión, estas diferencias son necesarias porque cada sector tiene objetivos y responsabilidades distintas; sin embargo, ambos deberían fortalecer la capacitación como una herramienta estratégica para el desarrollo del talento humano y la mejora de los resultados institucionales.

Considero que, en cualquier entidad o empresa donde prestemos nuestros servicios, no se debe perder el enfoque ni la objetividad sobre la verdadera importancia de mantener al personal capacitado. Los beneficios son evidentes cuando se cuenta con colaboradores que saben qué hacer y cómo hacerlo, lo que además fortalece el empoderamiento y la cultura organizacional.

La capacitación no debería realizarse únicamente para cumplir con un proceso, una auditoría o ejecutar un presupuesto asignado, sino para asegurar que la inversión realmente genere valor. Por ello, es fundamental que los programas de capacitación estén bien planificados y alineados con la estrategia y los objetivos de la organización, de manera que contribuyan efectivamente al desarrollo institucional.

Gracias

 


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Re: ¿Cuáles serían los cinco factores importantes que hacen que las dos normativas no rijan para tanto para las empresas privadas como públicas? Analice y ponga su criterio

de JENNY SILVANA HIDALGO CORNEJO -
Coincido con tu análisis, especialmente en la forma que diferencias la finalidad entre el sector público y privado. Pues, mientras el sector público orienta la capacitación al servicio a la ciudadanía y al cumplimiento de políticas públicas, el sector privado la enfoca en la productividad y la competitividad. Considero que estas diferencias son claves para entender por qué las normativas no pueden ser homogéneas, ya que la capacitación debe responder directamente a la misión y objetivos de cada tipo de organización.
Igualmente considero importante mencionar sobre el marco legal, los procedimientos y el control. En el sector público, la capacitación se encuentra regulada por mecanismos formales de seguimiento y control, lo que ayuda a un manejo adecuado de transparencia y recursos. A diferencia del sector privado que cuenta con mayor flexibilidad para innovar y adaptar rápidamente sus programas de formación. Tal como lo señala Chiavenato, la gestión del talento humano debe ajustarse a la estrategia de la organización, por lo que estas diferencias son necesarias para la efectividad de la capacitación del empleado o del servidor público. Finalmente, comparto tu criterio respecto a que la capacitación no debe verse como un simple requisito administrativo o de auditoría, pues la formación debe generar valor real y reflejarse en un mejor desempeño y en el desarrollo de competencias clave.

Referencias bibliográficas:
Chiavenato, I. (2017). Gestión del Talento Humano. McGraw-Hill.
Dessler, G. (2020). Administración de Recursos Humanos. Pearson Educación.
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Re: ¿Cuáles serían los cinco factores importantes que hacen que las dos normativas no rijan para tanto para las empresas privadas como públicas? Analice y ponga su criterio

de DAVID EDUARDO ÁVILA ALMEIDA -
Hola, Cindy, me parece muy acertada tu opinión sobre el presupuesto y financiamiento. Analizando tu punto, considero que la rigidez de la normativa pública no es solo un tema de trámites, sino una salvaguarda legal, ya que al utilizar recursos del Estado, la ley debe ser más estricta para evitar que la capacitación se convierta en un gasto innecesario. En cambio, como bien mencionas, la empresa privada tiene esa agilidad porque su riesgo es interno. Coincido contigo en que la capacitación debe generar valor y no solo servir para ejecutar un presupuesto, ya que un servidor público bien formado ahorra recursos al Estado mediante la eficiencia.
Referencia:
Finanzas, M. d. (2015). Reglamento Interno de Formación y Capacitación. Documento sobre semejanzas y diferencias entre sector público y privado.
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Re: ¿Cuáles serían los cinco factores importantes que hacen que las dos normativas no rijan para tanto para las empresas privadas como públicas? Analice y ponga su criterio

de MARÍA DE LOS ÁNGELES NORIEGA SANNIAY -
Hola Cyndi, Si bien el planteamiento sostiene que la normativa de desarrollo y capacitación no rige de igual manera para las instituciones públicas y privadas debido a sus diferencias estructurales, esta afirmación resulta parcialmente reduccionista, ya que omite que ambos sectores comparten principios rectores comunes en materia de gestión del talento humano y desarrollo organizacional.
En primer lugar, respecto a la finalidad institucional, aunque es cierto que el sector público persigue el interés general y el sector privado la competitividad, ambos requieren eficiencia, calidad y sostenibilidad. La Nueva Gestión Pública ha demostrado que el sector público ha adoptado principios de eficiencia y orientación a resultados propios del sector privado (Hood, 1991). Por tanto, la capacitación en ambos sectores responde a la necesidad de mejorar el desempeño organizacional, no únicamente a fines diferenciados.
En segundo lugar, sobre el marco legal, si bien el sector público está sujeto a normativas más específicas, el sector privado no carece de regulación. En Ecuador, por ejemplo, el Código del Trabajo y las disposiciones sobre seguridad y salud ocupacional establecen obligaciones relacionadas con la formación y capacitación del personal. Además, los estándares internacionales de gestión como ISO 9001:2015 exigen competencia y formación documentada del personal, lo que limita la supuesta “flexibilidad absoluta” del sector privado (ISO, 2015). Esto demuestra que ambos sectores están regulados, aunque mediante instrumentos distintos.
Respecto al presupuesto y financiamiento, la afirmación de que el sector público depende exclusivamente de planificación anual mientras que el privado actúa estratégicamente simplifica la realidad. La teoría del capital humano establece que la inversión en capacitación en cualquier sector responde a criterios de retorno y productividad (Becker, 1964). Tanto entidades públicas como privadas deben justificar técnica y financieramente sus programas formativos.
En cuanto a los procesos y procedimientos, la literatura en gestión organizacional señala que la sistematización de la capacitación es una buena práctica universal. El modelo ADDIE (Análisis, Diseño, Desarrollo, Implementación y Evaluación) es aplicable a cualquier organización independientemente de su naturaleza jurídica (Molenda, 2003). Por lo tanto, la formalidad no es exclusiva del sector público ni la agilidad exclusiva del sector privado.
Finalmente, en relación con el control y seguimiento, ambos sectores están sometidos a mecanismos de evaluación. En el sector público, existen órganos de control externo; en el sector privado, la rendición de cuentas se produce ante accionistas, clientes y organismos regulatorios. Además, los sistemas de evaluación del desempeño y de gestión por competencias son ampliamente utilizados en ambos contextos (Chiavenato, 2017).
En consecuencia, más que sostener que la normativa no rige de igual manera por diferencias estructurales, sería más preciso afirmar que existen distintos mecanismos regulatorios bajo principios comunes de eficiencia, responsabilidad y desarrollo del talento humano. La capacitación constituye una herramienta estratégica transversal a ambos sectores y responde a fundamentos técnicos y económicos compartidos.

Referencias
Becker, G. S. (1964). Human capital: A theoretical and empirical analysis. University of Chicago Press.
Chiavenato, I. (2017). Gestión del talento humano. McGraw-Hill.
Hood, C. (1991). A public management for all seasons? Public Administration, 69(1), 3–19.
ISO. (2015). ISO 9001:2015 Quality management systems — Requirements. International Organization for Standardization.
Molenda, M. (2003). In search of the elusive ADDIE model. Performance Improvement, 42(5), 34–37.
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Re: ¿Cuáles serían los cinco factores importantes que hacen que las dos normativas no rijan para tanto para las empresas privadas como públicas? Analice y ponga su criterio

de CAMILA ALEJANDRA ACEVEDO REGALADO -
Es muy importante lo que acabas de mencionar, porque justo sacaste puntos clave que yo también noté al revisar el reglamento. La capacitación no debería ser solo un trámite o un gasto, sino una inversión con sentido. Tanto en lo público como en lo privado, cuando se capacita con propósito y no solo por cumplir se nota en la calidad del trabajo, en la motivación de la gente y en los resultados.
Coincido en que cada sector tiene su propia lógica, pero al final, en ambos, la gente bien preparada es lo que hace la diferencia.
Quiero agregar algunos detalles que complementan lo que dijiste, vistos desde el reglamento de la LOSEP
1. Sobre la finalidad institucional
Concuerdo totalmente. En el sector público, el artículo 195 del reglamento habla de que la formación busca “asegurar la consecución del portafolio de productos y servicios institucionales”, es decir, todo apunta a servir mejor a la gente. En cambio, en lo privado, aunque también se forme al personal, el norte suele ser la rentabilidad y competitividad, como tú dices.
2. Marco legal
Exacto. En lo público, el artículo 199 del reglamento establece un “Plan Nacional de Formación y Capacitación” obligatorio, y las instituciones deben seguirlo. En lo privado, no existe ese plan nacional, y cada empresa decide cómo, cuándo y en qué capacitar, con más libertad.
3. Presupuesto y financiamiento
Aquí es bien interesante lo que dice el artículo 210 del reglamento, sobre los convenios de devengación: cuando el Estado financia estudios, la persona se compromete a seguir trabajando un tiempo después. Eso no suele pasar en lo privado, donde la inversión en capacitación no suele traer ese tipo de “compromiso de permanencia”.
4. Procesos y procedimientos
Totalmente de acuerdo. En el sector público hay que planificar, ejecutar y evaluar según lo que indica el Ministerio de Relaciones Laborales (artículo 203). En lo privado, los procesos pueden ser más rápidos y flexibles, aunque no por eso menos efectivos.
5. Control y seguimiento
Sí, en lo público hay una estructura de control más rígida, con informes y supervisión del Ministerio. En lo privado, como mencionas, lo que más importa son los resultados y el impacto en el desempeño.

Referencias Bibliográficas
- Reglamento General a la LOSEP (2011). Artículos 195, 199, 203, 210.
- Constitución del Ecuador (2008). Artículo 229.