Estimada Jenny, buenas tardes
Coincido con tu criterio ya que las normativas de capacitación para el sector público y privado no son iguales porque ambos sectores tienen finalidades y estructuras completamente diferentes. El sector público, al estar orientado a servir a la ciudadanía y cumplir con políticas públicas, tiene que seguir una regulación más estricta. (Asamblea Nacional LOSEP, 2016) En cambio, el sector privado, que busca rentabilidad y competitividad, puede ser más flexible en la forma en que organiza sus programas de formación.
La naturaleza jurídica del sector público lo obliga a cumplir con principios de legalidad y transparencia. Las capacitaciones deben estar alineadas con el Plan Nacional de Desarrollo y aprobadas por entidades rectoras, lo que asegura que el uso de los recursos públicos esté justificado y se destine a objetivos claros. En cambio, en el sector privado, las empresas adaptan sus programas de capacitación a las necesidades inmediatas del mercado, sin necesidad de seguir procedimientos burocráticos que ralenticen el proceso. (Asamblea Nacional , 2015)
Se puede concluir que la LOSEP y el (CODIGO DEL TRABAJO, 2020) aseguran el derecho a la capacitación, pero presentan diferencias clave: la LOSEP orienta la formación a través del Plan de Desarrollo Profesional, exigiendo que, si la capacitación es financiada, el servidor público trabaje el triple del tiempo que duró la formación. En cambio, el Código de Trabajo establece que el empleador debe proporcionar capacitación para mejorar la productividad. Además, si la capacitación según la LOSEP se realiza durante el horario laboral, es obligatoria; si es fuera de este horario, se requiere el consentimiento del empleado.
Bibliografía
Asamblea Nacional . (2015). REGLAMENTO DE FORMACION Y CAPACITACION DEL MINISTERIO DE FINANZAS. Quito: Lexis .
Asamblea Nacional LOSEP. (2016). Ley Organica de Servicio Publico, LOSEP. Quito: Lexis.
CODIGO DEL TRABAJO. (2020). CODIGO DEL TRABAJO. Quito: Lexisfinder.
Ministerio de Relaciones Laborales . (2014). ACUERDO No. MRL-2014-0136 (SE EMITE LA NORMA TÉCNICA DEL SUBSISTEMA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN). Quito: Lexis .
Coincido con tu criterio ya que las normativas de capacitación para el sector público y privado no son iguales porque ambos sectores tienen finalidades y estructuras completamente diferentes. El sector público, al estar orientado a servir a la ciudadanía y cumplir con políticas públicas, tiene que seguir una regulación más estricta. (Asamblea Nacional LOSEP, 2016) En cambio, el sector privado, que busca rentabilidad y competitividad, puede ser más flexible en la forma en que organiza sus programas de formación.
La naturaleza jurídica del sector público lo obliga a cumplir con principios de legalidad y transparencia. Las capacitaciones deben estar alineadas con el Plan Nacional de Desarrollo y aprobadas por entidades rectoras, lo que asegura que el uso de los recursos públicos esté justificado y se destine a objetivos claros. En cambio, en el sector privado, las empresas adaptan sus programas de capacitación a las necesidades inmediatas del mercado, sin necesidad de seguir procedimientos burocráticos que ralenticen el proceso. (Asamblea Nacional , 2015)
Se puede concluir que la LOSEP y el (CODIGO DEL TRABAJO, 2020) aseguran el derecho a la capacitación, pero presentan diferencias clave: la LOSEP orienta la formación a través del Plan de Desarrollo Profesional, exigiendo que, si la capacitación es financiada, el servidor público trabaje el triple del tiempo que duró la formación. En cambio, el Código de Trabajo establece que el empleador debe proporcionar capacitación para mejorar la productividad. Además, si la capacitación según la LOSEP se realiza durante el horario laboral, es obligatoria; si es fuera de este horario, se requiere el consentimiento del empleado.
Bibliografía
Asamblea Nacional . (2015). REGLAMENTO DE FORMACION Y CAPACITACION DEL MINISTERIO DE FINANZAS. Quito: Lexis .
Asamblea Nacional LOSEP. (2016). Ley Organica de Servicio Publico, LOSEP. Quito: Lexis.
CODIGO DEL TRABAJO. (2020). CODIGO DEL TRABAJO. Quito: Lexisfinder.
Ministerio de Relaciones Laborales . (2014). ACUERDO No. MRL-2014-0136 (SE EMITE LA NORMA TÉCNICA DEL SUBSISTEMA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN). Quito: Lexis .