Hola Daniela
Si bien la definición de trabajo decente propuesta por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es normativamente sólida al estructurarse en cuatro pilares empleo de calidad, derechos laborales, protección y diálogo sociales, la evidencia científica demuestra que su implementación enfrenta limitaciones estructurales significativas, especialmente en economías con alta informalidad y desigualdad. Diversos estudios señalan que el crecimiento del empleo no garantiza condiciones laborales dignas, ya que fenómenos como la precarización, la subcontratación y el trabajo en plataformas digitales han ampliado el empleo sin asegurar estabilidad ni seguridad social (Standing, 2011). Asimismo, la cobertura de protección social continúa siendo insuficiente en muchos países en desarrollo, donde amplios sectores laborales quedan excluidos de sistemas contributivos (CEPAL, 2022), y el diálogo social suele verse debilitado por baja sindicalización y asimetrías de poder (Hayter, 2015). Por tanto, aunque el trabajo decente está incorporado en el ODS 8 de la Naciones Unidas, su materialización no depende únicamente de principios declarativos, sino de reformas estructurales profundas que transformen las dinámicas económicas y laborales más allá del marco normativo establecido por la OIT.
Referenciass
Anker, R., Chernyshev, I., Egger, P., Mehran, F., & Ritter, J. (2003). Measuring decent work with statistical indicators. International Labour Review, 142(2), 147–178. https://doi.org/10.1111/j.1564-913X.2003.tb00257.x
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). (2022). Panorama Social de América Latina 2022. CEPAL.
Hayter, S. (2015). Unions and collective bargaining: Economic effects in a global environment. International Labour Office.
Standing, G. (2011). The precariat: The new dangerous class. Bloomsbury Academic.
Si bien la definición de trabajo decente propuesta por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es normativamente sólida al estructurarse en cuatro pilares empleo de calidad, derechos laborales, protección y diálogo sociales, la evidencia científica demuestra que su implementación enfrenta limitaciones estructurales significativas, especialmente en economías con alta informalidad y desigualdad. Diversos estudios señalan que el crecimiento del empleo no garantiza condiciones laborales dignas, ya que fenómenos como la precarización, la subcontratación y el trabajo en plataformas digitales han ampliado el empleo sin asegurar estabilidad ni seguridad social (Standing, 2011). Asimismo, la cobertura de protección social continúa siendo insuficiente en muchos países en desarrollo, donde amplios sectores laborales quedan excluidos de sistemas contributivos (CEPAL, 2022), y el diálogo social suele verse debilitado por baja sindicalización y asimetrías de poder (Hayter, 2015). Por tanto, aunque el trabajo decente está incorporado en el ODS 8 de la Naciones Unidas, su materialización no depende únicamente de principios declarativos, sino de reformas estructurales profundas que transformen las dinámicas económicas y laborales más allá del marco normativo establecido por la OIT.
Referenciass
Anker, R., Chernyshev, I., Egger, P., Mehran, F., & Ritter, J. (2003). Measuring decent work with statistical indicators. International Labour Review, 142(2), 147–178. https://doi.org/10.1111/j.1564-913X.2003.tb00257.x
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). (2022). Panorama Social de América Latina 2022. CEPAL.
Hayter, S. (2015). Unions and collective bargaining: Economic effects in a global environment. International Labour Office.
Standing, G. (2011). The precariat: The new dangerous class. Bloomsbury Academic.