El acto moral.

El acto moral.

de STEPHANIE NATHALY PAEZ CARRERA -
Número de respuestas: 2

Desde una perspectiva ética, un acto ético se analiza teniendo en cuenta el sujeto del acto, la intención y las circunstancias.
En el caso presentado, el objeto del acto es el robo de un teléfono móvil con uso de arma, lo que es inherentemente un acto maligno porque viola derechos de propiedad y amenaza la integridad de otras personas. Por ello, esta acción es moralmente incorrecta porque viola la norma moral básica de “no robar”, necesaria para la convivencia social (Kant, 2009).

Según la defensa, el propósito del ladrón era conseguir dinero para mantener a cinco niños por falta de trabajo. Esta intención puede considerarse buena desde una perspectiva humana; Sin embargo, un buen fin no justifica medios moralmente malos. Como decía Tomás de Aquino, una acción no puede considerarse buena si su objeto está desordenado, incluso si la intención es correcta (Tomás de Aquino, Summa Theologica).
Por otro lado, las circunstancias de pobreza y extrema necesidad influyen en el nivel de responsabilidad moral del sujeto.
Estas condiciones no hacen que una acción sea buena, pero pueden aliviar la culpabilidad moral porque la libertad de elección está limitada por la presión de sobrevivir (Cortina, 2013).
Desde esta perspectiva, es importante distinguir entre la evaluación moral de una conducta y la evaluación moral de una persona.

En resumen, un ladrón es legal y moralmente culpable de robo porque el delito es injusto.
Sin embargo, las circunstancias que lo rodean pueden sugerir que su responsabilidad moral ha disminuido, lo que lleva a reflexionar no sólo sobre el comportamiento personal sino también sobre la responsabilidad social frente a la pobreza y la exclusión.

Referencias Bibliográficas
Kant, I. (2009). Fundamentación de la metafísica de las costumbres. Madrid: Alianza.
Tomás de Aquino. Suma Teológica.
Cortina, A. (2013). Ética mínima. Madrid: Tecnos.

En respuesta a STEPHANIE NATHALY PAEZ CARRERA

Re: El acto moral.

de CAMILA BELEN GRIJALVA CAZA -
Hola Stephanie

Concuerdo con tu análisis sobre la tridimensionalidad del acto moral, pues resulta fundamental no simplificar la conducta humana a una sola de sus aristas. El objeto de la acción, en este caso el robo con violencia, posee una malicia intrínseca que no puede ser ignorada, ya que vulnera la dignidad y seguridad del prójimo. Aunque la intención del sujeto proveer para sus hijos nace de una necesidad vital, la ética clásica y moderna coinciden en que el fin no puede validar medios que son destructivos para el tejido social. Como bien señalas, la moralidad de la acción se quiebra cuando el objeto es desordenado, independientemente de la nobleza del propósito. Al respecto, Aristóteles (2014) menciona en su Ética a Nicómaco que existen acciones que, por su propia naturaleza, son malas y no admiten un término medio ni una justificación basada en la intención. Esta distinción es clave para mantener un orden de justicia que proteja los derechos fundamentales de todos.

Por otro lado, es pertinente profundizar en cómo las circunstancias de exclusión social condicionan la libertad del individuo, factor determinante para medir la imputabilidad del acto. Si bien la pobreza no transmuta un acto ilícito en uno lícito, sí obliga a cuestionar si el sujeto gozaba de la autonomía plena que exige la responsabilidad moral total. Al respecto, Rawls (1971) sugiere en su Teoría de la Justicia que la equidad de las instituciones es el marco que valida la obligatoriedad de las leyes; sin justicia distributiva, la responsabilidad se diluye entre el individuo y el Estado. Asimismo, Ricoeur (1990) nos invita a ver al "sí mismo como otro", sugiriendo que el juicio moral debe considerar la tensión entre la norma obligatoria y el deseo de una vida digna. Por ello, la evaluación no debe agotarse en la sanción del infractor, sino extenderse hacia una autocrítica sobre las estructuras que empujan al individuo al margen de la

Referencias bibliográficas:
Aristóteles (2014). Ética a Nicómaco. Madrid: Alianza Editorial. (Obra original del siglo IV a.C.).
Rawls, J. (1971). A Theory of Justice. Cambridge: Harvard University Press.
Ricoeur, P. (1990). Soi-même comme un autre (Sí mismo como otro). París: Éditions du Seuil.
En respuesta a STEPHANIE NATHALY PAEZ CARRERA

Re: El acto moral.

de GISEL BRIZETH LINO VERA -
Hola Stephanie coincido con tu argumento donde señalas que la valoración ética de un acto moral debe considerar el objeto, la intención y las circunstancias. Tal como mencionas, el objeto del acto “el robo del celular usando un arma” es intrínsecamente incorrecto, ya que vulnera derechos fundamentales como la propiedad y la integridad personal. En este sentido, comparto la referencia a Kant (2009), quien sostiene que el respeto a la norma moral de “no robar” es fundamental para la convivencia social y no puede ser relativizado por situaciones individuales.

Es importante mencionar que, aunque la intención del ladrón sea alimentar a sus hijos, un fin moralmente bueno no justifica el uso de medios éticamente inaceptables. La cita a Tomás de Aquino es acertada, ya que permite comprender que una acción se desordena moralmente cuando su objeto es incorrecto, aun cuando la intención sea importante para el sujeto que comete el daño.

Referencias
Kant, I. (2009). Fundamentación de la metafísica de las costumbres. Madrid, España: Alianza.
Tomás de Aquino. Suma teológica. Madrid, España: Biblioteca de Autores Cristianos.