¿Cuáles serían los cinco factores importantes que hacen que las dos normativas no rijan para tanto para las empresas privadas como públicas? Analice y ponga su criterio

¿Cuáles serían los cinco factores importantes que hacen que las dos normativas no rijan para tanto para las empresas privadas como públicas? Analice y ponga su criterio

de JENNY SILVANA HIDALGO CORNEJO -
Número de respuestas: 3

Buenas noches, la normativa para el área de desarrollo y capacitación en las instituciones públicas y privadas se enfocan en realidades distintas, aunque las dos tienen el mismo objetivo que es fortalecer las competencias del talento humano.  En el Reglamento de Formación y Capacitación del Ministerio de Finanzas, se puede ver que el mismo se encuentra alineado a la Constitución, a la LOSEP y las necesidades del estado, en cambio en el sector privado se alinea al Código del Trabajo y a las necesidades de la empresa.  

Un primer factor que podemos considerar de por qué una misma normativa no puede regir de igual forma en el sector público y privado es el marco legal y la naturaleza jurídica. En el sector público, la capacitación es una obligación del Estado y un derecho del servidor público, financiada con recursos fiscales y sujeta a procesos de control, planificación y rendición de cuentas. En cambio, en las empresas privadas la capacitación de hace de acuerdo a decisiones de la empresa, presupuesto asignado y retorno de la inversión.

Un segundo factor es la planificación centralizada contrastada con las decisiones de la organización. El reglamento del Ministerio de Finanzas establece planes institucionales anuales de capacitación, procesos formales de detección de necesidades y comités para la aprobación de becas, lo cual garantiza transparencia e igualdad de oportunidades para los servidores públicos. En el sector privado, aunque también se recomienda la planificación, las empresas pueden adaptar los programas de formación de manera más ágil a cambios del mercado o a necesidades operativas inmediatas.

Como tercer factor se encuentra el enfoque del desarrollo del talento humano. En el sector público, la capacitación está orientada a reforzar de la gestión del servidor público, la calidad del servicio a la ciudadanía y el cumplimiento de políticas del estado. En el sector privado, el desarrollo se enfoca principalmente en la competitividad, productividad y sostenibilidad del negocio. Chiavenato señalan que el desarrollo del talento humano debe alinearse a la estrategia organizacional.

Un cuarto factor importante es el sistema de evaluación y permanencia laboral. En el sector público, la capacitación se encuentra relacionada a la evaluación del desempeño, lo que busca asegurar el retorno de la inversión pública, en cambio en las empresas privadas, si bien existen evaluaciones de desempeño, no siempre se exige un compromiso formal posterior a la capacitación, sino resultados concretos en el corto y mediano plazo.

Un quinto factor es la gestión del presupuesto y control del gasto. En el sector público, el uso de recursos para capacitación está estrictamente normado, auditado y planificado con antelación. En el sector privado, la inversión en capacitación suele evaluarse bajo criterios de costo-beneficio y retorno de inversión, así indican autores como Gary Dessler, quien resalta que la capacitación efectiva es aquella que impacta directamente en el desempeño y los resultados del negocio.


en conclusión, aunque tanto en el sector público como en el privado se reconoce la importancia del desarrollo y la capacitación, hay diferencias como las que menciono, lo importante es que en ambos casos se reconozca la importancia de la capacitación y se garantice la igualdad de oportunidades, el desarrollo de la persona y contribuya directamente en beneficio de la institución.


  • Referencias bibliográficas: 

  • Chiavenato, I. (2017). Gestión del Talento Humano. McGraw-Hill.

  • Dessler, G. (2020). Administración de Recursos Humanos. Pearson Educación.



En respuesta a JENNY SILVANA HIDALGO CORNEJO

Re: ¿Cuáles serían los cinco factores importantes que hacen que las dos normativas no rijan para tanto para las empresas privadas como públicas? Analice y ponga su criterio

de DANIELA ELIZABETH CHAVEZ TORRES -
Hola Jenny Buenas Noches!
El análisis es muy claro y bien estructurado sobre las diferencias existentes entre la normativa de capacitación del sector público y del sector privado. Coincido contigo en que, aunque ambos ámbitos comparten el mismo propósito general de fortalecer las competencias del talento humano, el marco legal y los mecanismos de aplicación son sustancialmente distintos. Como bien mencionas, en el sector público la capacitación se encuentra alineada a la Constitución y a la LOSEP, lo que la convierte en un proceso obligatorio y regulado, mientras que en el sector privado responde principalmente a las necesidades estratégicas de cada empresa.

Me parece muy acertado el factor que señalas respecto a la planificación centralizada en el sector público. Efectivamente, los planes anuales de capacitación y los procedimientos formales de detección de necesidades garantizan transparencia y equidad en el acceso a procesos formativos. En este sentido, la Norma Técnica del Subsistema de Formación y Capacitación establece que las instituciones públicas deben planificar y ejecutar estos procesos de manera organizada y bajo criterios técnicos claramente definidos (Ministerio de Relaciones Laborales, 2014). En contraste, como lo indicas, las empresas privadas cuentan con mayor flexibilidad para adaptar sus programas de capacitación a las demandas del mercado.

Asimismo, comparto tu criterio en relación con el enfoque del desarrollo del talento humano. En el sector público la capacitación está orientada al mejoramiento del servicio a la ciudadanía y al cumplimiento de políticas estatales, mientras que en el ámbito privado predomina una visión enfocada en la productividad y competitividad organizacional. Al respecto, (Chiavenato, 2011) señala que el desarrollo del talento humano debe estar alineado a la estrategia de cada organización, lo cual explica por qué los objetivos de capacitación difieren entre ambos sectores.

Considero muy pertinente tu reflexión sobre el control del presupuesto y la evaluación del desempeño. En el sector público el uso de recursos está estrictamente normado y vinculado a procesos de rendición de cuentas, mientras que en las empresas privadas prima el análisis de costo–beneficio y retorno de inversión, tal como lo expone (Dessler, 2015) al afirmar que la capacitación es efectiva cuando se traduce en mejores resultados organizacionales.

Referencias
Chiavenato, I. (2017). Gestión del Talento Humano. McGraw-Hill.
Dessler, G. (2020). Administración de Recursos Humanos. Pearson Educación.
Ministerio, D. (Registro Oficial 296, 24 de julio de 2014.). Norma Técnica del Subsistema de Formación y Capacitación.
En respuesta a JENNY SILVANA HIDALGO CORNEJO

Re: ¿Cuáles serían los cinco factores importantes que hacen que las dos normativas no rijan para tanto para las empresas privadas como públicas? Analice y ponga su criterio

de SEBASTIáN ALEJANDRO ESPINOSA MEJíA -
Hola Jenny
Un matiz clave al contraste público–privado es que, en el sector público, la capacitación se vuelve exigible por mandato constitucional: la Constitución dispone que el Estado garantice la formación y capacitación continua de las y los servidores públicos (Constitución, 2008, art. 234), a partir de esa base, la Norma Técnica del Subsistema de Formación y Capacitación fija un marco operativo para las UATH: planificar, organizar, ejecutar, evaluar y mejorar programas orientados a desarrollar conocimientos, destrezas y actitudes para el ejercicio del puesto (MRL, 2014, arts. 1–2), esta lógica de “derecho–deber + rectoría técnica” explica por qué, en lo público, la capacitación tiende a estructurarse como sistema y no solo como decisión gerencial.

En esa misma línea, tu mención sobre planificación y procesos selectivos se refleja en reglamentos internos como el del MINFIN, que integra el marco nacional y despliega controles institucionales: por ejemplo, incorpora una conformación formal del Comité Institucional de Patrocinio y Becas e incluye un observador para velar por igualdad y transparencia en el proceso (MINFIN, 2015, art. 7).

Finalmente, el punto sobre presupuesto, control del gasto y “retorno” de la inversión pública se evidencia en mecanismos típicos del sector público, como los convenios de devengación: el reglamento del MINFIN obliga a suscribirlos y fija un tiempo de devengación “por el triple” de la duración del evento, además de garantías y obligaciones de seguimiento (MINFIN, 2015, art. 31), ese esquema enlaza capacitación con permanencia y control del uso de recursos, mientras que en el sector privado la inversión suele evaluarse por criterios internos (costo–beneficio/ROI) y las condiciones de permanencia se gestionan más por acuerdos organiza, en síntesis, tus cinco factores se comprenden mejor como el efecto de dos arquitecturas distintas: mandato y subsistema público (Constitución, 2008; MRL, 2014) frente a marco laboral general y gestión empresarial (Código del Trabajo).

Bibliografia
Constitución de la República del Ecuador. (2008). Constitución de la República del Ecuador (art. 234).
Ministerio de Relaciones Laborales. (2014). Acuerdo Ministerial MRL-2014-0136: Norma Técnica del Subsistema de Formación y Capacitación (Registro Oficial No. 296).
Ministerio de Finanzas. (2015). Reglamento de Formación y Capacitación del Ministerio de Finanzas (Acuerdo Ministerial 147; Registro Oficial No. 524).
Congreso Nacional del Ecuador. (s. f.). Código del Trabajo (art. 42).
En respuesta a JENNY SILVANA HIDALGO CORNEJO

Re: ¿Cuáles serían los cinco factores importantes que hacen que las dos normativas no rijan para tanto para las empresas privadas como públicas? Analice y ponga su criterio

de JENNIFER SUJAIL PICO PéREZ -
Considero que la normativa de formación y capacitación en el sector público y privado responde a realidades jurídicas y organizacionales distintas, aunque ambas persiguen el mismo objetivo: fortalecer las competencias del talento humano. En el sector público, de acuerdo con el artículo 234 de la Constitución de la República del Ecuador, la capacitación constituye un deber del Estado y un derecho del servidor público, lo que justifica la existencia de normas técnicas y reglamentos internos, como el Reglamento de Formación y Capacitación del Ministerio de Finanzas, orientados a la planificación, control y uso responsable de recursos públicos. En contraste, en el sector privado la capacitación se regula principalmente por el Código del Trabajo y se desarrolla como una decisión estratégica de gestión, vinculada a la productividad y competitividad empresarial. Por ello, que ambas normativas no rijan de la misma forma no implica ausencia de regulación, sino la aplicación de modelos normativos diferenciados, acordes a la naturaleza y objetivos de cada sector.
Bibliografía
Asamblea Nacional del Ecuador. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Registro Oficial No. 449.
Ministerio de Finanzas del Ecuador. (2015). Reglamento Interno de Formación y Capacitación del Ministerio de Finanzas. Acuerdo Ministerial No. 147, Registro Oficial No. 524
Ortiz Celi, R. I. Herrera Vásquez, M. A. (2022) Análisis comparativo del Código del Trabajo y la Ley Orgánica de Servico Público; sobre las garantías de vinculación laboral a personas con discapacidad [Tesis de Grado, Universidad Técnica Particular de Loja]. Repositorio Institucional.