Considero que los cinco factores diferenciales, radican en:
- Asignación de presupuesto y flexibilidad para su cumplimiento: en el sector privado las capacitaciones las capacitaciones se realizan bajo gestión propia, que en ocasiones se logran por convenios, por su parte en el sector público en la Ley Orgánica de Servicio Público, LOSEP (Asamblea Nacional, 2010), el artículo 70, establece responsabilidad del Estado para el financiamiento de formación y capacitación continua, adicional, el (Ministerio de Finanzas, 2015) en su artículo 5 literal i, menciona que se otorgan permisos o licencias necesarias que garanticen la terminación de estos proceso.
- Responsabilidad: en el sector privado la responsabilidad de que las capacitaciones se lleven a cabo recae en el departamento y su encargado específicamente de este tipo de actividades. Por su parte en el sector público la responsabilidad recae en: el comité interinstitucional de Formación y Capacitación, Ministerio de Relaciones Laborales, Autoridad Nominadora de cada institución pública y la Unidad de Administración de Talento Humano, siendo esta última la responsable que todo el proceso se cumpla a cabalidad y hacer posible las capacitaciones y formaciones. Art.4 (Ministerio de Relaciones Laborales, 2014).
- Aseguramiento del proceso: en el sector público, se asegura el cumplimiento de la capacitación o formación en un convenio de devengación, el cual estipula que deberá tener efecto multiplicador (triple del tiempo de duración del evento de formación), por su parte el sector privado tendrá total libertad de asignar el tiempo que el trabajador deberá pagar o no por la capacitación y formación recibida.
-Objetivo estratégico: en el sector privado las capacitaciones y formaciones tienen el enfoque de responder objetivos estratégicos alineados a la competitividad, productividad, o por garantizar un proceso en específico que se desea implementar con la finalidad de obtener rentabilidad, pero en sector público busca garantizar la calidad del servicio de sus servidores públicos y el mejoramiento continuo de la gestión pública.
Para finalizar, la mayor diferencia se encuentra en el órgano rector, el sector público responde a principios de igualdad, transparencia y mejoramiento en la calidad de servicio público. Mientras que el sector privado busca productividad y por ende rentabilidad empresarial.
Tambien considero importante destacar que algunas capacitaciones son importantes para ambos sectores, como capacitaciones de no discriminación como por ejemplo la Ley Organica para impulsarla economía violeta. (Asamblea Nacional de Ecuador, 2023)
Referencias
Asamblea Nacional. (2010). Ley Organica de Servicio Público. Quito: Registro Oficial Suplemento 294 .
Asamblea Nacional de Ecuador. (2023). LEY ORGÁNICA PARA IMPULSAR LA ECONOMÍA VIOLETA. Quito.: Registro Oficial Suplemento 234.
Ministerio de Finanzas. (2015). REGLAMENTO DE FORMACION Y CAPACITACION DEl MINISTERIOR DE FINANZAS. Quito: Registro Oficial 524.
Ministerio de Relaciones Laborales. (2014). Registro Oficial. Quito: LEXIS.